A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Colombia Movil Sa Esp·Demandado Comunicación Celular Sa Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias por actos de competencia desleal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio y la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La controversia se dio con ocasión de una demanda de competencia desleal interpuesta por Colombia Móvil S.A., en contra de Comunicación Celular S.A., con el fin de que se declare que la entidad demandada ha sido reincidente en actos de competencia desleal, se le condene a suspender la ejecución de las conductas denunciadas, se indemnice por los perjuicios materiales causados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la Jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de la acción declarativa y de condena en materia de competencia desleal, lo que incluye la competencia a prevención que se dispone a favor de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, sin importar que la parte demandante de la acción sea una sociedad de economía mixta, conforme con lo dispuesto en la Ley 256 de 1996, en el artículo 461 del Código de Comercio y en el literal b) del numeral 1° del artículo 24 del Código General del Proceso.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio y la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Colombia Móvil S.A. E.S.P en contra de Comunicación Celular S.A.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2336 a la Superintendencia de Industria y Comercio para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.